viernes, 23 de noviembre de 2012

DELITOS QUE SE PUEDEN DENUNCIAR


DELITOS QUE SE PUEDEN DENUNCIAR
+Las amenazas.
+Los delitos de exhibicionismo y provocación sexual.
+Los delitos relativos a la prostitución y corrupción de menores.
+Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad de domicilio: El descubrimiento y revelación de secretos, p.e. La interceptación de correo vendría asimilada a la violación de correspondencia, siempre que no exista consentimiento y haya intención de desvelar secretos o vulnerar la intimidad de un tercero. También sería un delito contra la intimidad la usurpación y cesión de datos reservados de carácter personal.
+Delitos contra el honor: Calumnias e injurias, habiéndose especial mención cuando estas se realizaren con publicidad -se propaguen-.
+Las estafas.
+Las defraudaciones de fluido eléctrico. Incluye de forma expresa la defraudación en telecomunicaciones siempre y cuando se utilice un mecanismo para la realización de la misma, o alterando maliciosamente las indicaciones o empleando medios clandestinos.
+Los daños. Destaca de la ampliación de la definición existente con anterioridad, incluyendo un apartado específico para los daños inmateriales “La misma pena se impondrá al que por cualquier medio destruya, altere, inutilice o de cualquier otro modo dañe los datos, programas o documentos electrónicos ajenos contenidos en redes, soportes o sistemas informáticos”.
+Los delitos relativos a la propiedad intelectual (Cómo proteger las creaciones y proyectos que se desarrollan en mi empresa).
+Los delitos relativos a la propiedad industrial (Test de propiedad industrial).
+Los delitos relativos al mercado y a los consumidores. Aquí se encontraría incluida la publicidad engañosa que se publique o difunda por Internet, siempre y cuando se hagan alegaciones falsas o manifiesten características inciertas sobre los mismos, de modo que puedan causar un perjuicio grave y manifiesto a los consumidores.

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